Qué es un certificado de registro en un seguro de vida

Creado por Adrián García el 06-12-2015

Es común no saber si un familiar había contratado un seguro

Certificado del registro de seguros con cobertura de fallecimiento

Cuando un familiar o un allegado fallece, es probable que no sepamos si disponía de un seguro de vida. No es un caso tan extraño como parece, ya que el problema no es que el asegurado no comunique este contrato a sus familiares: lo que ocurre a veces es que él mismo podría no saber que ha firmado la contratación de una póliza de estas características.

Es una herramienta para conocer si somos los beneficiarios de algún seguro de vida, pues muchos asegurados no saben que lo son

Para resolver las dudas sobre si somos beneficiarios de una póliza de vida, nada más sencillo que obtener el certificado del registro de seguros con cobertura de fallecimiento, un servicio que proporciona el Ministerio de Justicia y que se creó precisamente para que este tipo de pólizas no se quedase sin abonar, algo que sucedía en muchos casos y que beneficiaba en última instancia a las aseguradoras.

En muchas ocasiones, hay productos que llevan asociados una póliza de vida, y no solamente las hipotecas (lo cual es muy frecuente), también algunos préstamos personales, tarjetas de crédito, etc. Por eso, muchos asegurados no saben que lo son. Pero, gracias a que todos estos productos han de estar consignados en el registro de seguros con cobertura de fallecimiento, se puede consultar esta base de datos para conocer la existencia de la póliza y con qué compañía se ha contratado.

Vías para pedir el certificado del registro de seguros de vida

Existen varias vías para pedir el certificado del registro de seguros de vida:

De forma presencial: Si se reside en Madrid, se ha de acudir en la Oficina Central de Atención al Ciudadano y, fuera de Madrid, a las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. Se tiene que presentar el formulario modelo 790, que se puede descargar aquí, y se ha de acompañar del Certificado de Defunción del asegurado.

Por correo ordinario: también se ha de usar el modelo 790 y el certificado de defunción, y enviarlo al Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia, Plaza de Jacinto Benavente, 3, 28012 Madrid.

Por vía telemática: Existen dos opciones: si se dispone de certificado digital o si no se tiene esta herramienta. Ambos procesos se han de desarrollar en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Se ha de rellenar un formulario al que se puede acceder en este enlace. Sin duda es la forma más cómoda y rápida para tramitar este certificado.

Y, si todavía no dispone de un seguro de vida, puede utilizar nuestro buscador para encontrar el más adecuado a su situación y contacte con nosotros si quiere contratarlo directamente. Le ofrecemos pólizas de las compañías más importantes con unas condiciones excelentes.

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Adrián García
Adrián García

Graduado en Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, en 2018 Adrián entra en Seguropordias.com para desarrollar su pasión por la comunicaci...

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