¿Qué ocurre con el seguro de vida en caso de ser víctima de un ataque terrorista?
En estos casos, interviene el Consorcio de Compensación de Seguros
El seguro de vida está pensado para que, cuando una persona fallece a o queda incapacitada, sobre todo si se trata de la persona que sustenta económicamente a la familia, sus familiares puedan seguir adelante con la mayor normalidad posible, pudiendo hacer frente a los gastos habituales. Esto es posible gracias al pago de una prima previamente establecida por la que los familiares recibirán una cuantía económica por parte de la compañía aseguradora tras el fallecimiento.
No obstante, no todo el mundo puede contratar un seguro de vida, ya que, primero, la compañía aseguradora debe evaluar una serie de factores, como la edad, la salud o los riesgos, que determinarán si una persona puede contratar un seguro de vida o no, y que también influyen en el precio del mismo. Además, aunque cumplas los requisitos para contratar el seguro de vida y tengas uno, hay determinadas situaciones que el seguro de vida no cubre, como el suicidio, actos imprudentes, fallecimiento por accidente aéreo…
En estos casos, es fundamental leer la letra pequeña del seguro, ya que hay infinidad de circunstancias en las que puede ocurrir un fallecimiento y es importante saber en cuáles el seguro de vida te cubre y en cuáles no. Por eso, hoy vamos a explicar qué ocurre con el seguro de vida si eres víctima de un ataque terrorista.
¿Qué ocurre con el seguro de vida en caso de ser víctima de un ataque terrorista?
Un ataque terrorista se considera un riesgo extraordinario. Estos riesgos no funcionan como otros, y en la actualidad las compañías aseguradoras no ofrecen coberturas para ellos, sino que es una entidad superior la encargada de cubrir las consecuencias de estos sucesos. Esto es así desde el atentado terrorista del 11 de marzo de 2004 en Madrid, cuando las compañías de seguros dejaron de asumir los seguros de vida en caso de atentado terrorista, y el sector asegurador pidió al Gobierno dejar de hacerlo. El Gobierno accedió y desde 2006 el organismo encargado de cubrir estos riesgos es el Consorcio de Compensación de Seguros.
El Consorcio de Compensación de Seguros es el encargado de dar cobertura a las víctimas de actos terroristas que tengan contratado un seguro de vida
El Consorcio de Compensación de Seguros cubre aquellos daños ocasionados como consecuencia de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular, siempre y cuando se tenga contratada una póliza con recargo al Consorcio. Además, por otro lado, desde 2011 la Administración es la que se hace cargo de los daños sufridos por las víctimas de ataques terroristas, tras la entrada en vigor de la Ley 29/2011 de 22 de septiembre de Reconocimiento y Protección Integral de las Víctimas del Terrorismo.
Por lo tanto, en caso de ataque terrorista, el Gobierno es el que cubre los daños y el encargado de indemnizar a las víctimas, mientras que los seguros de vida, aunque no ofrecen está cobertura, sí cubren este tipo de daños a través del Consorcio de Compensación de Seguros.
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AUTORES
Adrián García
Graduado en Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, en 2018 Adrián entra en Seguropordias.com para desarrollar su pasión por la comunicaci...