Cuándo se puede cobrar un seguro de vida
Plazos y pasos a seguir
¿Es usted el beneficiario de una póliza de vida? Si va a cobrar un seguro de vida, existen determinados plazos para hacerlo, ya que si no se reclama la cantidad estipulada en este periodo, se podría perder el dinero.
Vamos a explicar cuándo se puede cobrar un seguro de vida, aunque esta información depende en todo caso de las circunstancias concretas del contrato. Si se sabe a ciencia cierta que se es beneficiario de un seguro de vida, hay que comunicar a la aseguradora el fallecimiento del asegurado tras haberse conocido este hecho.
Este periodo está regulado por la Ley del Contrato del Seguro, que indica que el beneficiario (si el tomador del seguro no puede hacerlo) tendrá que comunicar el siniestro en plazo máximo de siete días de haberlo conocido, salvo que se haya fijado en la póliza firmada un plazo más amplio. En caso de incumplimiento, el asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración.
En principio, hay solamente siete días para comunicar a la aseguradora el fallecimiento, aunque el plazo puede ampliarse hasta los cinco años
Asimismo, esta ley explica que la entidad aseguradora puede reclamar información sobre las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento, lo que es un deber para el beneficiario. Si no se hace esto, se podría perder el derecho a la indemnización, aunque solamente si se demostrase que ha habido dolo o culpa grave por parte del beneficiario. Este periodo es muy escaso, sobre todo si se tiene en cuenta que hay mucha gente que desconoce ser beneficiaria de un seguro de vida.
Por eso, si se tienen dudas a este respecto, lo mejor es acudir al Registro de Seguros de Vida, un organismo público dependiente del Ministerio de Justicia, y del que hemos hablado en otras ocasiones. Hay que solicitar un certificado de seguros de vida, o certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Esta gestión se puede realizar tanto de manera presencial si se vive en Madrid, como de forma telemática o por correo ordinario. Para solicitar este documento, tenemos 15 días hábiles desde que se produce el fallecimiento.
Plazo para cobrar un seguro de vida
En la legislación vigente hay un plazo de cinco años para cobrar una póliza de seguros, por lo que, aunque haya pasado el tiempo, se puede reclamar el seguro de vida. El llamado periodo de prescripción se extiende hasta los siete años en el caso de otras pólizas, como las de automóviles, hogar, incendios...
Para cobrar el dinero del seguro, hay que esperar a pagar el impuesto de sucesiones y donaciones, por lo que se puede materializar el cobro una vez abonado este impuesto. El plazo en el que paga la aseguradora suele ser de 40 días, aunque depende de la compañía en concreto. Si la aseguradora paga después de este plazo, el beneficiario tiene derecho a cobrar intereses, aunque la Ley de Contrato del Seguro no especifica los intereses que se han de pagar, por lo que ese aspecto lo define cada compañía.
Muchas pólizas de vida incluyen la posibilidad de adelantar los gastos del sepelio, algo muy útil si se necesita disponer de ese dinero antes de esos 40 días.
AUTORES
Adrián García
Graduado en Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, en 2018 Adrián entra en Seguropordias.com para desarrollar su pasión por la comunicaci...