Quién es el beneficiario en un seguro de vida

Creado por Adrián García el 02-10-2016

Quién hereda la indemnización del seguro de vida si no hay testamento

Quién recibe la indemnización de un seguro de vida sin testamento

Muchas personas no llegan a redactar un testamento por muy diversos motivos. Si estas personas disponen de un seguro de vida vigente en el momento del fallecimiento, ¿qué pasa con la indemnización?

Ante la falta de una declaración directa de herederos, la ley establece quiénes han de ser los que hereden los bienes y el patrimonio de una persona. En la actualidad, la secuencia de herederos de las personas que fallecen sin testamento, y que se convertirían en beneficiarios de sus pólizas, sería la siguiente:

Quién sería entonces el beneficiairo

En el caso de no existir un testamento, la indemnización del seguro de vida de una persona fallecida la recibiría:

Si el fallecido tiene hijos, esta pasaría automáticamente a ellos. Si solamente se tiene un hijo, sería íntegra para él o ella. En el caso de tener varios hijos, se repartiría a partes iguales entre todos ellos.

En el caso de no tener hijos pero tener un cónyuge, éste sería el heredero y por lo tanto cobraría la totalidad de la indemnización. Con hijos de por medio, un cónyuge solamente tiene derecho al usufructo de una parte de la herencia (que pasaría a los hijos cuando falleciese) y a la mitad de los bienes que sean gananciales, ya que, antes de que fallezca alguno de los cónyuges, estos bienes se consideran de ambos.

Si no se tienen hijos ni cónyuge, los beneficiarios serían los padres, tanto si vive solamente uno de ellos como si lo hacen los dos.

Si los padres ya han fallecido pero el fallecido todavía tiene abuelos, los beneficiarios podrían ser ellos.

Si no se tienen padres ni abuelos en el momento del fallecimiento pero sí hermanos, los beneficiarios serían ellos. Si se tienen también sobrinos, la indemnización se repartiría entre todos. Si solamente se tienen sobrinos, el dinero sería íntegro para ellos.

Si se tienen ascendientes más lejanos, también podrían cobrar la indemnización del seguro de vida si no hubiese otros parientes, como es el caso de los tíos. Si no se tienen tíos o ya han fallecido, podría pasar a los sobrinos, en el caso de tenerse alguno.

Si no se tienen ninguno de los parientes anteriormente mencionados, comenzarían a buscarse parentescos más lejanos, desde los sobrinos-nietos a los tíos-abuelos.

Si el fallecido no tiene ninguno de estos parientes, quien finalmente recibiría la indemnización del seguro de vida sería el Estado.

Si un allegado ha fallecido recientemente y usted no sabe a ciencia cierta si es el beneficiario de un seguro de vida, puede acudir al registro de seguros de vida, un organismo oficial cuyo funcionamiento hemos explicado anteriormente, y en el que han de registrarse obligatoriamente todas las pólizas de vida.

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Adrián García
Adrián García

Graduado en Periodismo por la Universidad Carlos III de Madrid, en 2018 Adrián entra en Seguropordias.com para desarrollar su pasión por la comunicaci...

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